Consecuencias de un accidente en relación a póliza de seguros de accidentes. Reclamación en vía civil 01 de abril de 2007 Artículos doctrinales SEGUROS DE ACCIDENTES Conforme a la Ley de Contrato de Seguro en el Artículo 100 se especifica "Sin perjuicio de la delimitación del riesgo que las partes efectúen en el contrato, se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte".